CAJA DE SEGURO SOCIAL



Todos los trabajadores en Panamá tienen derecho a recibir los beneficios de la Caja de Seguro Social (CSS), incluyendo a los hombres y mujeres mayores de edad y a quienes se dediquen a la atención y cuidado de su familia, que paguen la cuota mensual de forma voluntaria en la entidad.

Para disfrutar del beneficio, el patrono le descuenta de su salario un porcentaje del seguro social para recibir atención médica pública y para la jubilación. La cuota se refleja en el descuento mensual del salario que se le hace al trabajador y por el aporte que realiza su contraparte, el patrón o empresa, en concepto de pago a la CSS.

Una cuota corresponde a un mes de descuento. Por lo tanto, en un año cada trabajador activo debe pagar 12 cuotas a la CSS. En caso de que sea independiente, puede hacer pagos voluntarios. Para jubilarse toda persona requiere 240 cuotas pagadas a la CSS. Las mujeres podrán solicitar su jubilación al cumplir 57 años de edad y los hombres a los 62 años.

Si desea saber cuántas cuotas lleva, deberá ir a las oficinas de la CSS en el edificio Bolívar, la ventanilla 109. Debe esperar su turno y tomar un número, pero la atención es rápida. Lo llamarán y lo harán pasar a un cubículo en donde mostrará sus documentos y le informarán el número, monto de las cuotas y período laborado. Allí podrá solicitar la tabla de porcentaje aproximado para el cálculo de su pensión por cantidad de cuotas.

Le saldrán todas las cuotas desde su primer trabajo, con fecha. Al final deberá firmar una lista para que conste el día y hora en que fue a hacer esta solicitud y le proporcionarán un documento que debe conservar.

Recuerde que su ficha de seguro social es el comprobante de que la empresa le está pagando su cuota. Si tiene algún reclamo, primero debe solicitar al que hace la planilla en su empresa o institución que le corrija el número errado, según explica www.css.gob.pa/.

Cuando le salga el número correcto en la ficha, entonces se debe acercar al departamento de “Cuentas Individuales” con una carta de la empresa, solicitando que se le corrija el archivo de su cuenta individual. Debe adjuntar la copia de su ficha, carné y cédula.

Si tiene la edad de referencia que establece la Ley 51 de la CSS para pensionarse y no completa sus cuotas se le devuelve su dinero a través de una indemnización.

Sin embargo, en un año desaparecerá el papel. Solo bastará con entregar la cédula, pero mientras tanto trate de conservar sus últimas fichas.

Para mayor información no dude en contactarnos, estaremos contentos de responder su solicitud.


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