Convenio con Paises Amigos
En mayo de 2012, el Presidente Ricardo Martinelli emitió el Decreto Presidencial número 343, declarando que los ciudadanos de 22 países amigos de Panamá podrían optar a convertirse en residentes permanentes de una manera muy rápida. Esta visa de residencia permanente en Panamá “vía rápida” pasó a ser conocida como la visa de Países Amigos. Desde entonces, otros decretos han ido sumando a otros países a la lista hasta alcanzar el número de 50 Naciones en la actualidad, así como aclarando las condiciones que se deben cumplir para la aplicación.
La redacción de éste decreto de Visa de Residencia permanente, establece los lazos de negocios y profesionales entre Panamá y la lista de Países que lo integran.
Requisitos Para Optar por Visa de Países Amigos Panamá:
1. Autorización, Poder y Solicitud de
Residencia Permanente, otorgado a un
Abogado Panameño autorizándolo para actuar en nombre del solicitante, el cual
deberá estar debidamente autenticado por un Notario Local y poseer los sellos
gubernamentales correspondientes.
2. Copia del Pasaporte, Deberá
entregarse una copia completa del Pasaporte del solicitante, debidamente
notariado por un Notario Panameño. Con las especificaciones expuestas en la
sección de Legalización de
ésta Página.
3. Antecedentes Penales, Deberá
entregar la constancia de no poseer antecedentes penales en el País de origen
del solicitante, o del País donde ha vivido en los últimos 2 años. El Servicio
Nacional de Migración de Panamá, requiere que el solicitante entregue una
certificación autenticada por un cuerpo policial federal, central o nacional o
la autoridad de investigación criminal.
El
certificado de antecedentes penales tendrá una vigencia máxima de tres
(3) meses desde la fecha de emisión, para efectos de trámites en la Oficina de
Inmigración. Si el solicitante entrega un certificado de antecedentes
penales emitida por un País donde no es ciudadano, sino residente, deberá
entregar una copia del documento de residencia legal, debidamente autenticado o
apostillado.
Si el solicitante ha residido durante los
últimos 2 años consecutivos en Panamá, sin salir de Panamá, el certificado de
antecedentes penales deberá ser elaborada por la Policía Nacional (DIJ).
4. Informe médico original
elaborado por un Médico Panameño.
5. Dos Cheques
Certificados, el primero por el monto de $250.00 Dólares
Americanos a nombre del “Tesoro Nacional” por Tramite Migratorio. El segundo
por el monto de $800.00 Dólares Americanos a nombre del
“Servicio Nacional de Migración” con propósitos de Repatriación
(Deportación).Importante: Una vez que la oficina de Inmigración haya emitido la
resolución aprobando o denegando la solicitud de residencia, estos cheques no serán
reembolsables.
6. Declaración Jurada
Personal. El solicitante deberá entregar una declaración jurada
explicando el propósito por el cual solicita la residencia permanente y las
debidas pruebas para comprobar la capacidad de mantener económicamente a su familia
y dependientes.
7.
Tres (3) fotografías tamaño Carnet.
8. Una
declaración escrita que explique la actividad económica desarrollada por
el solicitante en Panamá. Esta puede ser explicada en la siguiente
forma.
Actividad
Económica: Elaborar la
documentación que demuestre que el solicitante es miembro del equipo de
gerencia o directiva de la sociedad o que es el accionista mayoritario de una
sociedad o dueño de una corporación en Panamá. Si la corporación o la sociedad
en Panamá es nueva, deberá anexar una copia del impuesto anual. que está siendo
pagado, así como la licencia comercial. Si la corporación o sociedad ya tiene
más de 1 año de haberse constituido, deberá entregar una copia de la
declaración de impuestos, paz y salvo, o el certificado de buena reputación.
También, deberá entregar las pruebas de las cuentas bancarias de la empresa o
cualquier prueba que refleje los ingresos obtenidos por la empresa, así como
cualquier otro documento que señale ingresos por concepto de renta sobre las
propiedades que posee o ingresos por cualquier otra actividad. Nota: Tenga
en cuenta que hay algunas actividades económicas, como negocios minoristas, que
solo son reservados para ciudadanos panameños.
Actividad
Profesional: La
actividad profesional se refiere a cualquier trabajo que posea en cualquier
empresa local. El solicitante deberá entregar pruebas de su contrato de empleo,
que la empresa se encuentre registrada en el sistema del Seguro Social y que el
empleado posea tarjeta del Seguro Social y permiso para trabajar. Existen
varias maneras para obtener el permiso de trabajo en Panamá, incluyendo la
figura del 10% para empleados extranjeros conocido como el Tratado Marrakech.
No podrá realizar actividades profesionales reservadas exclusivamente para
ciudadanos panameños, tales como Abogados, Arquitectos, Ingenieros, Médicos o
Médicos Veterinarios (Entre otros).
9. Prueba de Solvencia, Además de los documentos que
demuestren la actividad económica y profesional del solicitante, también deberá
entregar lo siguiente: Constancia de un Banco Panameño que
demuestre que el solicitante tiene al menos $5,000 Dólares Americanos
depositados, y $2,000 Dólares Americanos adicionales por cada dependiente que
tenga. Comprobante de ingresos tales como una constancia de empleo emitida por
el empleador, que indique el salario percibido, el número de Seguro Social y el
Permiso de Trabajo.
10. Los
dependientes requerirán una carta de responsabilidad del Solicitante Principal: Sera
necesaria la entrega de una carta de responsabilidad emitida y firmada por el
solicitante principal a favor de cada uno de los dependientes y anexar los
siguientes documentos:
Prueba de Consanguinidad o Relación: Deberán
anexar en caso de ser hijos, una copia del acta de nacimiento donde se
evidencia el grado de consanguinidad y para los cónyuges, anexar una copia del
acta de matrimonio.
Los
dependientes que no sean cónyuges: Podrán aplicar
siempre que su edad no exceda los 25 años, y solo si demuestran que están
cursando estudios universitarios a tiempo completo o si están incapacitados.
Los dependientes mayores de 18 años: Deberán
presentar una declaración jurada manifestando su estado de soltería, la cual
deberá ser apostillada o autenticada por el Consulado Panameño.
Para mayor información no dudes en contactarnos, somos las asesoría que buscas, que te da la confianza que necesitas, la seguridad y economía para que estés Legal en Panamá.
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